¿Está exento el alquiler de plazas de garaje entre particulares?
Los particulares, que no son sujetos pasivos del IVA, adquieren la condición de empresarios y profesionales a efectos de este impuesto por realizar, entre otras operaciones, el arrendamiento de bienes.
Por tanto, al arrendar una plaza de garaje están realizando una prestación de servicios sujeta y no exeta del IVA, siendo aplicable el tipo impositivo del 16%.
Si el arrendamiento de la plaza de garaje se realizará conjuntamente con una vivienda destinada a ser ocupada como residencia, la operación estará sujeta pero exenta.
Artículo 5 Uno.c) , Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
Artículo 20 Uno.23 , Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
Artículo 90 , Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .
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