Presunción de ejercicio de actividad
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IVA - AGENCIA TRIBUTARIA
Escrito por Administrator   
Lunes, 22 de Febrero de 2010 17:56
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¿En qué casos se presume el ejercicio de una actividad empresarial o profesional?

 

Se presumirá el ejercicio de una actividad empresarial o profesional:

  • En los supuestos en que se anuncie por circulares, periódicos, carteles, rótulos expuestos al público, o de otro modo cualquiera, un establecimiento que tenga por objeto alguna operación mercantil.
  • Cuando para la realización de las operaciones definidas en el artículo 4 de la Ley del IVA se exija contribuir por el I.A.E.

No obstante, se trata de presunciones que admiten prueba en contrario.

 

 

Artículo 5 , Ley 37 / 1992 , de 28 de Diciembre de 1992 .

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Presunción de ejercicio de actividad
Lunes, 22 Febrero 2010

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